La nómina de una constructora no se parece a la de una oficina: cuadrillas que entran y salen por fases de obra, pago por jornal, horas extras como parte normal del ingreso, la clase de riesgo más cara del sistema y liquidaciones todo el año. Por eso los errores también son distintos —y más caros—. Esta guía recorre lo que cuesta de verdad un trabajador de obra, cómo manejar jornales y rotación sin dejar huecos, y qué es lo primero que cruza la UGPP cuando fiscaliza a una constructora.
El costo real: el salario es solo el comienzo #
Sobre el salario de cada trabajador dependiente se pagan prestaciones sociales, vacaciones y seguridad social. Como porcentaje del salario, la carga aproximada es esta:
| Concepto | Cuánto | Cuándo se paga |
|---|---|---|
| Cesantías | 8,33 % | Al fondo de cesantías, antes del 14 de febrero del año siguiente |
| Intereses a las cesantías | 1 % (12 % anual sobre cesantías) | Directo al trabajador, antes del 31 de enero |
| Prima de servicios | 8,33 % | Mitad en junio, mitad en los primeros 20 días de diciembre |
| Vacaciones | 4,17 % | 15 días hábiles remunerados por año trabajado |
| Salud (empleador) | 8,5 %* | Mensual, vía PILA |
| Pensión (empleador) | 12 % | Mensual, vía PILA |
| ARL clase V (obra) | 6,960 % | Mensual, vía PILA, 100 % a cargo del empleador |
| Caja de compensación | 4 % | Mensual, vía PILA |
* Con la exoneración del artículo 114-1 del Estatuto Tributario, las sociedades no pagan el 8,5 % de salud del empleador —ni SENA ni ICBF— por trabajadores que devenguen menos de 10 salarios mínimos, que es el grueso del personal de obra. Aun con esa exoneración, entre prestaciones, vacaciones, seguridad social con ARL clase V, dotación y el auxilio de transporte para quienes ganan hasta 2 salarios mínimos, un oficial te cuesta alrededor de una vez y media su salario básico. Si cotizas por licitación con el salario a secas, la nómina se come la utilidad.
Importante:La tarifa de ARL va por centro de trabajo, no por empresa: el personal administrativo puede cotizar en clase I (0,522 %), pero todo el que pise la obra cotiza en clase V (6,960 %). Afilia antes del primer día de trabajo: un accidente el día uno con la afiliación «en trámite» lo termina pagando el empleador de su bolsillo.
Jornal vs salario mensual: mismo derecho, distinta aritmética #
En obra es común pactar el pago por jornal —un valor por día trabajado, pagado semanal o quincenal—. Es perfectamente legal, con una aclaración que evita la mitad de los pleitos laborales del sector: el jornal es una forma de pagar, no una forma de escapar del contrato laboral. El trabajador a jornal tiene exactamente los mismos derechos que el mensualizado: afiliación a salud, pensión y ARL desde el día uno, prestaciones proporcionales al tiempo trabajado, dotación y auxilio de transporte si aplica.
- El jornal no puede ser inferior al salario mínimo diario vigente (el mensual dividido entre 30), más el auxilio de transporte proporcional si devenga hasta 2 salarios mínimos.
- Las prestaciones se calculan sobre lo realmente devengado: si el jornal varía o hay semanas incompletas, el promedio importa. Llevar los jornales en un cuaderno hace imposible calcular bien una liquidación.
- La seguridad social se cotiza por mes o por los días reportados con novedad de ingreso y retiro, nunca «por debajo» porque la persona trabajó suelto. Si te trabaja de corrido, cotiza mes completo.
- El clásico «le pago el día y ahí va todo incluido» no existe jurídicamente: un juez laboral o la UGPP reconstruyen prestaciones y aportes sobre lo pagado, con intereses y sanciones.
Horas extras y recargos: parte del ingreso, parte del IBC #
En construcción las extras no son la excepción sino parte normal del ingreso de un oficial: fundidas que no se pueden parar, cierres de frente, entregas. Las reglas clásicas del CST: la hora extra diurna se paga con recargo del 25 %, la extra nocturna con el 75 %, el trabajo nocturno ordinario con recargo del 35 % y el trabajo en domingos y festivos con su recargo propio. Ten presente que la jornada máxima legal se redujo gradualmente hasta 42 horas semanales (Ley 2101 de 2021) y que la reforma laboral de 2025 modificó de forma gradual la hora de inicio de la jornada nocturna y el recargo dominical: verifica los valores vigentes al liquidar, porque cambian por calendario.
Lo que no cambia: todo lo que el trabajador devenga de forma habitual —extras, recargos, bonificaciones salariales— entra al ingreso base de cotización de la seguridad social y a la base de prestaciones. Liquidar la PILA sobre el básico «para que no suba tanto» es subcotización, y la UGPP la detecta cruzando tu nómina electrónica contra tus planillas.
Dotación: tres entregas al año, con registro #
Todo trabajador que devengue hasta 2 salarios mínimos y lleve más de 3 meses tiene derecho a dotación —vestido y calzado de labor— tres veces al año: 30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre. En obra la dotación convive con los elementos de protección personal del SG-SST, pero son obligaciones distintas: el casco y el arnés no reemplazan el overol y las botas. Entrega con planilla firmada por entrega: sin firma, para un inspector no ocurrió. Y no es monetizable: pagarla en plata no extingue la obligación.
Rotación alta: el contrato por obra y las liquidaciones #
Una constructora liquida gente todo el año: la fase termina y la cuadrilla sale. El contrato por obra o labor determinada existe exactamente para eso —dura lo que dure la labor contratada— con dos condiciones: se pacta por escrito describiendo la labor con precisión («hasta terminar la mampostería de la torre 2», no «hasta que se acabe el trabajo»), y termina cuando la labor termina, no cuando el maestro se aburre del trabajador.
- Al terminar cada contrato se liquida: cesantías e intereses proporcionales, prima proporcional del semestre en curso y vacaciones compensadas en dinero por el tiempo trabajado.
- La liquidación se paga al terminar el contrato. La demora tiene sanción propia: la indemnización moratoria del artículo 65 del CST, que puede llegar a un día de salario por cada día de retraso. Con rotación alta, liquidar tarde «mientras cuadra la caja» multiplica una deuda pequeña en una grande.
- Reporta el retiro en la PILA el día que ocurre: un retiro no reportado es seguir pagando aportes de alguien que ya no está; y si reingresa en la siguiente fase, es un ingreso nuevo, con afiliación activa antes de pisar la obra.
- Guarda el paz y salvo y la liquidación firmada de cada retiro. En un sector donde el mismo oficial vuelve tres veces en dos años, el archivo de liquidaciones es tu defensa ante un reclamo posterior.
Lo que la UGPP encuentra primero en una constructora #
- Personal de obra cotizando ARL clase I: el cruce entre la actividad económica de la empresa y las tarifas reportadas es automático.
- IBC liquidado sobre el básico dejando extras y recargos por fuera: se detecta cruzando nómina electrónica contra PILA.
- Falsos independientes: el «contratista» que cumple horario, recibe órdenes y trabaja con tus herramientas es contrato realidad, con aportes retroactivos, prestaciones e intereses.
- Pagos no salariales que exceden el límite: por la Ley 1393 de 2010, la parte no salarial que supere el 40 % de la remuneración total entra al IBC, se haya pactado lo que se haya pactado.
- Subcontratistas informales: si la cuadrilla del subcontratista no cotiza, la responsabilidad puede subir en cadena hasta el dueño de la obra. Exigir planilla pagada antes de cada corte no es desconfianza, es supervivencia.
Una sola fuente: del jornal a la PILA #
Casi todos estos errores nacen de lo mismo: el tiempo se apunta en la obra, la nómina se liquida en un Excel y la planilla se digita aparte en el operador. En AlíaCorp la nómina de construcción vive en el mismo sistema que la obra: jornales y tiempos por trabajador, extras y recargos con las reglas vigentes, IBC recalculado cada período, liquidaciones proporcionales al terminar cada contrato de obra o labor, y la información lista para tu operador de PILA. La hoja de vida de cada trabajador conecta con SST —afiliaciones, exámenes, entregas de dotación y EPP firmadas—, así que la evidencia laboral y la de seguridad quedan en el mismo lugar.

